Programa de Atención Integral del Hombre (Programa de Atención Integral del Hombre) Provincia de Misiones
Programa de Atención Integral del Hombre Provincia de Misiones
- CAPÍTULO I CREACIÓN. OBJETIVOS
- Artículo 1. Créase el Programa de Atención Integral del Hombre en el ámbito del...
- Artículo 2. Es beneficiaria del Programa de Atención Integral del Hombre la población...
- Artículo 3. Son objetivos del Programa de Atención Integral del Hombre: 1) detectar...
- CAPÍTULO II MES DE ACCIÓN PARA LA SALUD DEL HOMBRE Y DE CONCIENTIZACIÓN, PREVENCIÓN Y DETECCIÓN PRECOZ DEL CÁNCER DE PRÓSTATA. CAMPAÑA
- Artículo 4. Institúyese el mes de Noviembre de cada año como Mes de Acción para la Salud...
- Artículo 5. Establécese como herramienta de difusión la iluminación de los monumentos y...
- Artículo 6. La Autoridad de Aplicación debe desarrollar una campaña denominada Noviembre...
- CAPÍTULO III AUTORIDAD DE APLICACIÓN. PRESUPUESTO
- Artículo 7. Es Autoridad de Aplicación de la presente Ley, el Ministerio de Salud Pública.
- Artículo 8. Son funciones de la Autoridad de Aplicación: 1) desarrollar políticas...
- Artículo 9. Autorizase al Poder Ejecutivo a efectuar adecuaciones, modificaciones y...
- Artículo 10. Invitase a los municipios a adherir a la presente Ley.
- Artículo 11. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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