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Programa de Acompañamiento para el Egreso de Jóvenes sin Cuidados Parentales Artículo 14 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Programa de Acompañamiento para el Egreso de Jóvenes sin Cuidados Parentales Nacional
Artículo 14. Vivienda

La dimensión de vivienda está orientada a que las/los adolescentes/jóvenes sin cuidados parentales:

a) Conozcan las facilidades disponibles para el alquiler o la adquisición de una vivienda propia;

b) Puedan gestionar su alojamiento, evaluando la calidad del mismo y comparando alternativas.

El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación debe implementar políticas destinadas a otorgar facilidades en materia habitacional a las/los jóvenes sin cuidados parentales, entre los que podrá incluir:

a) Sistemas habitacionales con condiciones edilicias, instalaciones y equipamiento apropiados para que las/ los adolescentes/jóvenes sin cuidados parentales puedan adquirir las habilidades de autocuidado, prácticas interpersonales que les permitan construir su autonomía;

b) Sistema de créditos para la compra y alquiler de viviendas.

El Consejo Nacional de la Vivienda deberá establecer un cupo preferente del dos por ciento (2%) de los planes de adjudicación o mejoramiento de viviendas que se ejecuten con los fondos del FONAVI destinado a estos créditos.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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