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Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad Artículo 30 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad Santiago del Estero
Artículo 30. Sanciones Socio-educativas

Las sanciones socio - educativas serán implementadas una vez que se encuentre firme la sentencia que consideró responsable penal al adolescente. Tales medidas serán fijadas por un Juez especializado distinto al que intervino en la etapa penal preparatoria. Tal magistrado tendrá también a su cargo el control y seguimiento en la ejecución de tales sanciones. Las mismas consistirán en la determinación de obligaciones o prohibiciones que se impondrán a la persona adolescente considerada responsable penal. Su finalidad será primordialmente inclusiva y/o integrativa y secomplementará, según el caso, con la participación de su familia, el apoyo profesional y comunitario. Los principios orientadores de dichas medidas son el respeto a los derechos humanos, civiles y sociales, la formación integral de la persona adolescente y la búsqueda de su adecuada convivencia familiar y social conforme lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño.

Provincia de Santiago del Estero Artículo 30 Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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