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Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad Artículo 29 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad Santiago del Estero
Artículo 29. Normas fundamentales

El debate tramitará conforme a las siguientes reglas especiales:

a. Actos preliminares: Previo a la realización de la audiencia de debate el juez o tribunal dará intervención al equipo técnico interdisciplinario y a los profesionales de la autoridad administrativa proteccional para que éste emita un dictamen respecto a las condiciones psicosociales que hacen a la singularidad del joven, grupo familiar y contexto en el que se desenvuelve.

b. Audiencia de debate: Se realizará en el día y hora señalados y serán de carácter reservado las actuaciones que se efectúen en la audiencia, salvo que sea el propio adolescente quien solicitare la publicidad del proceso en el que participare en calidad de acusado. Después de verificada la presencia de las partes y demás interesados que deban asistir a la audiencia, el juez o tribunal declarará abierto el debate e informará al acusado sobre la importancia y significado del mismo, procediendo a ordenar la lectura de los cargos que se le atribuyen. Concluida la lectura, el juez o tribunal explicará al adolescente de manera clara, precisa y en un lenguaje que el adolescente pueda comprender, los hechos que se le atribuyen, su calificación legal, las pruebas existentes en su contra y los derechos que le asisten. El juez o tribunal invitarán al adolescente acusado a que esté atento a todo lo que se desarrolle en la audiencia y le instruirá sobre la posibilidad de preguntar y repreguntar a testigos, peritos, intérpretes y todo aquel que aporte datos durante el debate. En la audiencia de debate solo se tratará la cuestión atinente a la responsabilidad del adolescente y calificación legal del hecho. En aquellos supuestos que se declare al adolescente autor penalmente responsable del hecho, firme la sentencia, podrán aplicarse cualquiera de las sanciones socio- educativas previstas en esta ley.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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