Procedimiento para la aplicación de los convenios sobre restitución internacional de niñas Artículo 5 Provincia de Córdoba
Procedimiento para la aplicación de los convenios sobre restitución internacional de niñas Córdoba
Artículo 5. Competencia
Es competente para entender en los casos comprendidos en la presente Ley el juez o tribunal de familia especializado en casos de restitución internacional de niños, niñas o adolescentes. En caso que no lo hubiere, el juez o tribunal civil con competencia en materia de familia del lugar donde se encontrare el niño, niña o adolescente.
Provincia de Córdoba Artículo 5 Procedimiento para la aplicación de los convenios sobre restitución internacional de niñas, niños y adolescentes y régimen de visitas o contacto internacional
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Modificación del radio municipal de la localidad de Italó, ubicada en el Departamento General Roca Córdoba Artículo 5. Colegio Profesional de Higiene y Seguridad Córdoba Artículo 8. Asamblea Ley de fomento y la promoción de la actividad audiovisual en su dimensión cultural e industrial Córdoba Artículo 19. Convocatoria Código de Faltas Mendoza Artículo 39. Colegio Profesional de Higiene y Seguridad Córdoba Artículo 15. Competencia del TribunalPublique la información de sí mismo
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