Colegio Profesional de Higiene y Seguridad Artículo 15 Provincia de Córdoba
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Artículo 15. Competencia del Tribunal
Es competencia del Tribunal de Disciplina efectuar el juzgamiento administrativo de las faltas éticas de los colegiados y aplicar las sanciones correspondientes, de acuerdo a las prescripciones de esta Ley y el estatuto, pudiendo dictar su reglamento interno de funcionamiento. Tiene su sede en la ciudad de Córdoba.
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Código de Faltas Mendoza Artículo 14. Ley de fomento y la promoción de la actividad audiovisual en su dimensión cultural e industrial Córdoba Artículo 19. Convocatoria Modificación del radio municipal de la localidad de Italó, ubicada en el Departamento General Roca Córdoba Artículo 5. Colegio Profesional de Higiene y Seguridad Córdoba Artículo 8. Asamblea Código de Faltas Mendoza Artículo 39.Publique la información de sí mismo
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