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Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 2016 Artículo 45 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 2016 Buenos Aires
Artículo 45.

Autorízase al Poder Ejecutivo a condonar a los municipios, en el marco de los contratos de préstamos firmados de conformidad con la Ley Nº 11.661 y con el Decreto Nº 774/03, los intereses punitorios que debieran aplicarse de conformidad con los referidos contratos y con los Convenios de Refinanciación aprobados por el mencionado Decreto, por deudas acumuladas al 31 de diciembre de 2015.

Dicha autorización, será ejercida por el Poder Ejecutivo en tanto la coparticipación de impuestos establecida por la Ley Nº 10.559 y modificatorias y/o por el régimen que la reemplace, haga las veces en forma simultánea de fuente de pago de los préstamos antes mencionados y de garantía de los mismos.



Provincia de Buenos Aires Artículo 45 Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 2016
Artículo 1 ...43 44 45 46 47 ...73

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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