Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 Artículo 64
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023
Artículo 64.
Energía Argentina Sociedad Anónima (CUIT 30-70909972-4) gozará de la remisión o el reintegro del Impuesto al Valor Agregado involucrado en el precio que se le facture por la adquisición de bienes, obras, locaciones y prestaciones de servicios o que le corresponda ingresar por iguales conceptos, en todos los casos cuando tales operaciones tengan por objeto la construcción de obras de infraestructura necesarias para expandir y/o ampliar el sistema y capacidad de transporte de gas natural existente que sean requeridas para garantizar el desarrollo y suministro de gas natural a largo plazo.Este tratamiento resultará aplicable para las adquisiciones, obras, locaciones y prestaciones de servicios que se realicen a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
Artículo 64 Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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