Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 Artículo 12 Argentina
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021
Artículo 12.
Fíjase como crédito para financiar los gastos de funcionamiento, inversión y programas especiales de las universidades nacionales la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 225.150.294.595), de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente artículo.Dispónese que el Jefe de Gabinete de Ministros efectuará en forma adicional a lo dispuesto en el párrafo precedente, la distribución obrante en la planilla anexa 2 al presente artículo.
Las universidades nacionales deberán presentar ante la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN la información necesaria para asignar, ejecutar y evaluar los recursos que se les transfieren por todo concepto.
El citado ministerio podrá interrumpir las transferencias de fondos en caso de incumplimiento en el envío de dicha información en tiempo y forma.
El presupuesto aprobado por cada universidad para el ejercicio fiscal deberá indicar la clasificación funcional de Educación, Salud y Ciencia y Técnica. La ejecución presupuestaria y contable así como la cuenta de inversión deberá considerar asimismo el clasificador funcional.
Las plantas de personal docente y no docente sobre las cuales se aplicarán los aumentos salariales en el año 2021 serán las vigentes a las liquidaciones correspondientes al mes de noviembre de 2020, salvo los aumentos de las plantas aprobadas y autorizadas por la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS, según lo establezca el MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Argentina Artículo 12 Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 LEY 27.591, 14 de Diciembre de 2020
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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