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Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 Artículo 99 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 Nacional
Artículo 99.

Sustitúyese el inciso c) del artículo 98 de la ley 11.672 - Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) por el siguiente:

c) Las firmas concesionarias de transporte, u operadoras de ductos de captación de hidrocarburos, cuya regulación se encuentra bajo jurisdicción nacional, deberán abonar anualmente y por adelantado una tasa de control de la actividad. Esa tasa será el resultado de aplicar una alícuota de TREINTA Y CINCO CENTÉSIMAS POR CIENTO (0,35%) sobre los ingresos estimados de la prestación del servicio tarifado del transporte por ductos y terminales marítimas, y para los ductos no tarifados y los de captación, será de aplicación la misma alícuota sobre una base imponible establecida en función de valores de referencia que se determinarán de acuerdo al tipo de instalación.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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