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Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 Artículo 52 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 Nacional
Artículo 52.

Créase el Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental de Administración y Financiero, en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, en el marco del artículo 34 de la ley 25.675, con el objeto de garantizar la calidad ambiental, la prevención y mitigación de efectos nocivos o peligrosos sobre el ambiente y la atención de emergencias ambientales, así como la protección, preservación, conservación, restauración o compensación de los sistemas ecológicos y el ambiente.

El mencionado Fondo será integrado por los siguientes recursos:

a) Los recursos provenientes del Tesoro nacional que le asigne el Estado nacional;

b) Los fondos asignados por leyes especiales a la prevención, subsanación, remediación, restauración y/o compensación de aquellas alteraciones ocasionadas en el medio ambiente por las diferentes actividades;

c) Los fondos de compensación ambiental, de acuerdo a los convenios que en cada caso se suscriban;

d) Los fondos nacionales e internacionales provenientes de donaciones públicas o privadas, de acuerdo a los convenios que en cada caso se suscriban;

e) Las asignaciones recibidas de organismos internacionales o nacionales, de acuerdo a los convenios de cooperación que se suscriban;

f) Los bienes muebles e inmuebles que el fondo adquiera a título gratuito u oneroso;

g) Los valores percibidos, provenientes de ventas de bienes y servicios que el fondo preste;

h) El recupero del capital e intereses de los préstamos otorgados; i) Los dividendos o utilidades percibidos por la titularidad de acciones o los ingresos provenientes de su venta;

j) Los ingresos generados por el financiamiento de otros instrumentos financieros;

k) El producido de sus operaciones, la renta, frutos e inversión de los bienes fideicomitidos;

l) Los ingresos obtenidos por emisión de valores fiduciarios de deuda que emita el fiduciario, con el aval del Tesoro nacional, en los términos establecidos en el contrato y/o prospecto respectivo; m) Otros ingresos, aportes, contribuciones, subsidios, legados o donaciones específicamente destinados al Fondo;

n) Los recursos provenientes del resultado de la aplicación de multas de normas ambientales correspondientes al ámbito nacional;

ñ) Los recursos provenientes de indemnizaciones sustitutivas dispuestas por la justicia federal en caso de que no sea técnicamente factible la reparación in natura;

o) Los recursos provenientes de indemnizaciones sustitutivas dispuestas por la autoridad ambiental nacional en caso de que no sea técnicamente factible la reparación in natura; y p) Los aportes provenientes de los acuerdos que se alcancen con las compañías aseguradoras que emitan pólizas de seguro de caución por daño ambiental de incidencia colectiva, conforme al artículo 22 de la ley 25.675.

Los saldos remanentes de un ejercicio fenecido integrarán el fondo del ejercicio siguiente.

Exímase al Fondo Fiduciario Nacional de Compensación Ambiental, de todos los impuestos, tasas y contribuciones nacionales existentes y a crearse en el futuro, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.

Facúltase al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable a dictar la normativa reglamentaria para la instrumentación del presente régimen.

Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la eximición de todos los tributos aplicables en sus jurisdicciones, en iguales términos.

Nacional Artículo 52 Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018
Artículo 1 ...50 51 52 53 54 ...129

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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