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Presupuesto de la Administración Provincial Artículo 12 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Presupuesto de la Administración Provincial Entre Ríos
Artículo 12.

Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a ampliar el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos o Fuentes Financieras que conforman esta Ley, con los mayores ingresos de recursos no afectados que se realicen sobre los estimados por la presente. Si al 31 de agosto de 2023 los ingresos de Rentas Generales del Sector Público Provincial superaran en un 10% a los previstos para el período acumulado, o equivalente al 67% del Total de Recursos de Rentas Generales, el Poder Ejecutivo enviará un proyecto de Ley a la Legislatura para determinar un nuevo cálculo de Recursos y Créditos de la Administración Pública Provincial y el plan de gastos para el cuarto trimestre.

El Proyecto deberá enviarse durante el mes de setiembre de 2023 y tratarse en un lapso de 30 días. En caso de no aprobarse en ese período de tiempo, y evidenciarse situaciones de emergencia, de necesidad y/o de urgencia, el Poder Ejecutivo podrá realizar las adecuaciones al Presupuesto General, con la debida comunicación a la Honorable Legislatura.

En caso de no superarse el límite establecido al 31 de Agosto, el Poder Ejecutivo podrá ampliar el Presupuesto según lo establecido en el primer párrafo del presente Artículo.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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