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Presupuesto de la Administración Provincial Artículo 12 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Presupuesto de la Administración Provincial Entre Ríos
Artículo 12.

Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a ampliar el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos o Fuentes Financieras que conforman esta ley, con los mayores ingresos de recursos no afectados que se realicen sobre los estimados por la presente, hasta un porcentaje máximo del diez por ciento (10%) del Cálculo de Recursos.

Este límite no alcanzará a: política salarial incluyendo lo relativo al sistema previsional y docentes privados; Coparticipación a Municipios y Comunas; y erogaciones vinculadas a emergencias y/o catástrofes naturales. El Poder Ejecutivo deberá comunicar a esta Legislatura toda ampliación que realice conforme a este artículo.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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