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Plan Castello Artículo 1 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Plan Castello Río Negro
Artículo 1.

Se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las operaciones de crédito público que resulten necesarias para disponer de hasta la suma de U$S 580.000.000 (Dólares Estadounidenses Quinientos Ochenta Millones) y/o su equivalente en otras monedas, con el objeto de financiar parcial o totalmente la ejecución de proyectos de inversión pública en el territorio provincial descripto en el Anexo I, que forma parte de la presente, y aquellos proyectos municipales y de Comisiones de Fomento a convenirse oportunamente con el Poder Ejecutivo Provincial.

Dicho endeudamiento será contraído mediante los mecanismos y/o instrumentos financieros que el Poder Ejecutivo juzgue más apropiados, pudiendo afectar para el pago de servicios de capital, intereses y demás gastos asociados, o en garantía de los mismos, como así también ceder como bien fideicomitido, cualquier recurso de origen provincial sin afectación específica y/o los recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos que le corresponda a la provincia, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos ratificado por ley nacional n° 25570 o el régimen que lo reemplace, y/o regalías hidroeléctricas, mineras, de petróleo y/o gas y/o el canon extraordinario de producción y/o recursos propios de libre disponibilidad u otro tipo de activos o flujos que disponga el Poder Ejecutivo Provincial.

Las comisiones y los demás gastos normales y habituales, como así también los gastos de administración que se generen con motivo de las operaciones de crédito aquí autorizadas, serán cubiertos con los fondos obtenidos conforme a la presente ley.



Provincia de Río Negro Artículo 1 Plan Castello LEY 5.201, 1 de Junio de 2017
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Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo


si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?


ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


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