Imprimir

Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Artículo 130 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Mendoza
Artículo 130.

El sistema de contrataciones de la provincia se organizará en función del criterio de centralización de las políticas y emisión de normativas generales y del criterio de descentralización para la gestión operativa y procedimental de adquisiciones.

Los órganos del sistema serán:

a. Órgano rector: ejercido por la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes, órgano técnico y consultivo de la Administración Provincial.

b. Órgano licitante: jurisdicciones o unidades organizativas de la Administración Provincial que persigue la adquisición de bienes, obras o servicios por el procedimiento de licitación pública o contratación directa respectivamente o la venta de bienes en subasta pública.

c. Unidades Operativas de Adquisiciones: son las jurisdicciones y unidades organizativas de los órganos licitantes de la Administración Provincial, cualquiera sea la denominación que posean, que tienen a su cargo la gestión de las contrataciones y la implementación de los procedimientos hasta su conclusión.

Provincia de Mendoza Artículo 130 Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control del Sector Público
Artículo 1 ...128 129 130 131 132 ...207

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse