Marco Regulatorio para el Desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo Industrial (Marco Regulatorio para el Desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo Industrial) Nacional
Marco Regulatorio para el Desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo Industrial Nacional
- CAPÍTULO I OBJETO Y DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Definiciones
- Artículo 3. De conformidad con lo previsto por la Convención Única de 1961 sobre...
- CAPÍTULO II DE LA AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA CANNÁBICA
- Artículo 4. Creación
- Artículo 5. Dirección y Administración
- Artículo 6. Patrimonio
- CAPÍTULO III FUNCIONES DE LA AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME)
- Artículo 7. La Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal...
- Artículo 8. Las personas humanas o jurídicas cuyas actividades se encuentren...
- Artículo 9. La Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal...
- CAPÍTULO IV DEL CONSEJO FEDERAL DE LA INDUSTRIA DEL CANNABIS MEDICINAL Y EL CÁÑAMO INDUSTRIAL
- Artículo 10. Consejo Federal
- Artículo 11. Funciones
- CAPÍTULO V DE LAS AUTORIZACIONES
- Artículo 12. Autorización
- Artículo 13. Seguimiento y Control de las Autorizaciones
- Artículo 14. Obligaciones del titular de la autorización
- CAPÍTULO VI RÉGIMEN SANCIONATORIO
- Artículo 15. Infracción
- Artículo 16. Sanciones
- Artículo 17. Las sanciones contempladas en el artículo anterior serán aplicadas por la...
- Artículo 18. En caso de reincidencia, la reglamentación podrá incrementar hasta dos (2)...
- Artículo 19. Las acciones para imponer las sanciones previstas en la presente ley...
- Artículo 20. Los ingresos provenientes de las multas reguladas en el artículo 16, inciso...
- Artículo 21. Establécese la vía ejecutiva para el cobro judicial de las multas del...
- CAPÍTULO VII PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EMPRENDIMIENTOS Y PYMES
- Artículo 22. La Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal...
- Artículo 23. La Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal...
- CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
- Artículo 24. Sustitúyase el artículo 6° de la ley 27.350, el que quedará...
- Artículo 25. Aquellos proyectos que hayan sido homologados al amparo de la ley...
- Artículo 26. Reglamentación
- Artículo 27. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.
La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?
Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.
Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.
el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)
Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios