Ley Yolanda (Ley Yolanda) Nacional
Ley Yolanda Nacional
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Capacitación obligatoria en ambiente
- Artículo 3. Lineamientos generales
- Artículo 4. Participación pública
- Artículo 5. Información
- Artículo 6. Metodología
- Artículo 7. Implementación
- Artículo 8. Certificación
- Artículo 9. Capacitación a máximas autoridades
- Artículo 10. Acceso a la información
- Artículo 11. Yolanda Ortíz
- Artículo 12. Incumplimiento
- Artículo 13. Presupuesto
- Artículo 14. Autoridad de aplicación
- Artículo 15. Invítase a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las provincias a adherir a...
- Artículo 16. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Metodología de cálculo del indicador diario del C.E.R. Creación del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Federal, en la Ciudad de Gualeguaychú Capital Nacional del Hóckey Programa nacional de deteccion temprana y atencion de la hipoacusia Bienes de Interés Histórico Nacional 27297Mejores juristas





Cualquier interesado puede pedirle al juez que el heredero sea citado a aceptar o renunciar la herencia en un plazo no menor de un mes ni mayor a tres meses. Si el heredero no responde en ese plazo, se considera que aceptó la herencia.
Que pasa si en un control vehicular me hicieron un acta de infracción art 27 y me retienen la cédula de identificación del automotor y no regularice la situación , y en otro control me Salta con art 27 que se debe hacer en esta situación.?
Como se inicia la acción para solicitar judicialmente que el heredero acepte o renuncia la herencia
Buendia si el padre en todo momento desde que nacio un niño hasta los 8 años . Que llega el juicion de alimento se siente dagmificada , porque nunca que quizo realizar Adn y ahora no quieren que utilizen su apellido . Porque el considera que el estado lo obliga!!!
Algo de esto leí en la ciudad de Buenos Aires sobre el centro Cecilia Grierson y el Experimento Filadelfia.(Calle T.E).
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