Ley Provincial del Teatro Independiente Artículo 23 Provincia de Misiones
Ley Provincial del Teatro Independiente Misiones
Artículo 23.
Los recursos del Fondo Especial del Teatro Independiente son utilizados para las siguientes finalidades:a) financiar actividades teatrales declaradas de interés cultural y susceptibles de promoción y apoyo por el Consejo Provincial de Teatro Independiente;
b) financiar el mantenimiento o acrecentamiento del valor edilicio de los espacios escénicos convencionales;
c) financiar el mantenimiento y desarrollo de los espacios escénicos no convencionales;
d) otorgar subsidios a entidades culturales, salas y elencos que presenten proyectos teatrales al efecto;
e) equipar centros de documentación y bibliotecas teatrales en el mbito de la Provincia;
f) financiar gastos de edición de libros, publicaciones y boletines referidos especialmente a la actividad teatral independiente;
g) otorgar becas para realización de estudios de perfeccionamiento o investigación en el país o en el extranjero mediante concurso público de antecedentes y oposición;
h) otorgar premios a trabajadores del teatro independiente de Misiones, de argentina o extranjeros, residentes en la Provincia y con actividad teatral en ella, continua o discontinua, durante no menos de cinco (5) años;
i) financiar actividades teatrales con los aportes eventuales de las jurisdicciones municipales, que ingresan al Fondo Especial del Teatro Independiente para ser aplicados en la región y/o municipio de donde provienen; y j) financiar actividades teatrales con los excedentes anuales de su presupuesto, en las regiones que demuestren poca actividad teatral, promoviendo acciones del Estado para elevar la demanda en tal sentido.
Provincia de Misiones Artículo 23 Ley Provincial del Teatro Independiente LEY VI - NRO. 180, 16 de Junio de 2015
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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