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Ley orgánica notarial Artículo 127 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Ley orgánica notarial Neuquén
Artículo 127.

Las actas del libro deben contener:

a) Número de orden, lugar y fecha.

b) Nombre y apellido del o los requirentes, tipo y número del documento de identidad y domicilio.

c) Justificación de la identidad de los requirentes de conformidad a lo que establece la ley de fondo.

d) Identificación del o de los documentos presentados, consignando los datos necesarios que permitan una correcta individualización de los mismos.

e) Manifestación de que las firmas o impresiones digitales han sido puestas en presencia del escribano certificante.

f) Constancia de haber cumplimentado las obligaciones fiscales correspondientes.

g) Firma o impresión digital del o los requirentes.

h) Firma y sello del escribano autorizante.



Provincia del Neuquén Artículo 127 Ley orgánica notarial
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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