Imprimir

Ley Orgánica Municipal Artículo 137 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Ley Orgánica Municipal Chaco
Artículo 137.

Existirá impedimento legal para asumir al cargo de Intendente o Concejal cuando se tenga sentencia firme por un delito doloso, en cuyo caso se procederá:

a) Si es contra un Concejal electo, lo reemplazará el candidato que lo sigue inmediatamente después del último proclamado y según el orden establecido para cada Partido Político. En todos los casos los reemplazantes se desempeñarán hasta que finalice el mandato que hubiere correspondido al titular;

b) si es contra un Intendente electo, asumirá el Presidente del Concejo y se cumplirá lo dispuesto en el artículo 190 de la Constitución Provincial 1957-1994.

Para la asunción de Concejales e Intendentes electos desde el ejercicio 1999 en adelante, regirá la ley de ética pública que deberá dictarse de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de la Constitución Provincial 1957-1994



Provincia del Chaco Artículo 137 Ley Orgánica Municipal
Artículo 1 ...135 136 137 138 139

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse