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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 177 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones
Artículo 177.

El Director del Archivo General de los Tribunales, o su reemplazante legal, expide testimonios y certificados de los expedientes y demás documentos que se encuentran en el Archivo, observando las formalidades prescriptas por las leyes de la materia.

Se limita a dar fe de las constancias existentes, sin emitir juicio o apreciación al respecto.

Los testimonios pueden ser expedidos en fotocopias debidamente autenticadas, en cuyo caso se percibirá un arancel que está a cargo de los usuarios de este servicio. Su importe está relacionado con el costo del mismo, para lo cual se autoriza al Superior Tribunal de Justicia a fijar la tarifa correspondiente.

El Archivo asimismo evacúa directamente los informes que recaban los jueces y las reparticiones de la administración nacional, provincial y municipal"



Provincia de Misiones Artículo 177 Ley Orgánica del Poder Judicial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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