Ley orgánica del Ministerio Público Fiscal Artículo 47 Provincia del Chubut
Ley orgánica del Ministerio Público Fiscal Chubut
Artículo 47. Presupuesto
El Procurador General elevará anualmente el requerimiento presupuestario del Ministerio Público Fiscal al Superior Tribunal de Justicia para la elaboración del presupuesto general del Poder Judicial. La ejecución del presupuesto se hará de conformidad a las normas del presupuesto general del Poder Judicial, por medio de los órganos y sujeto a los controles y fiscalización que correspondan. El Ministerio Público Fiscal contará con un fondo especial para el fortalecimiento institucional con destino a la investigación, capacitación y equipamiento tecnológico. Este fondo se integrará con donaciones, bienes secuestrados en causas penales que no estén sujetos a restitución o decomiso, aportes de entes nacionales o internacionales y una partida especial dentro del presupuesto general de la Provincia.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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