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Ley orgánica del Ministerio Público Fiscal Artículo 23 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/02/2026

Ley orgánica del Ministerio Público Fiscal Chubut
Artículo 23. Fiscal Jefe: Funciones

Además de las que les corresponden en su carácter de Fiscal General el Fiscal Jefe tiene, en el ámbito territorial asignado, los siguientes deberes y atribuciones:

a) Coordinar y supervisar la tarea de los Fiscales de sus respectivas circunscripciones, a efectos del mejor desenvolvimiento de la función.

b) Impartir instrucciones a los Fiscales Generales y Funcionarios de Fiscalía de su Circunscripción, en consonancia con las directivas emanadas de la Procuración General.

c) Asignar y distribuir, conforme la reglamentación específica, las causas que ingresen en la Circunscripción Judicial.

d) Ejercer la superintendencia de los integrantes del Ministerio Público Fiscal de la respectiva Circunscripción o de su Unidad Especializada y otorgar licencias ordinarias conforme el reglamento interno.

e) Las demás que establece la presente ley y todas aquellas que el Procurador General les asigne.



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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


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