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Ley del Consejo de la Magistratura Artículo 17 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/02/2026

Ley del Consejo de la Magistratura Entre Ríos
Artículo 17. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección de Magistrados y Funcionarios judiciales será abierto y público, debiendo asegurarse en la reglamentación una adecuada publicidad de la convocatoria. La evaluación de los inscriptos será calificada con un máximo de hasta cien (100) puntos, distribuidos de la siguiente manera: a) Antecedentes: hasta treinta (30) puntos, b) Oposición: basta cincuenta (50) puntos, c) Entrevista personal: hasta veinte (20) puntos. Al momento de inscribirse, los postulantes acompañarán un certificado que acredite su aptitud psicofísica para el desempeño del cargo que concursen, debiendo garantizar el Consejo que todos los postulantes sean evaluados por los mismos profesionales.



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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


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