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Ley Orgánica de Personas Jurídicas y Registro Público Artículo 10 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Orgánica de Personas Jurídicas y Registro Público Mendoza
Artículo 10.

Respecto de las asociaciones civiles y fundaciones, las denuncias podrán efectuarlas los asociados, miembros o integrantes de sus órganos, beneficiarios y/o terceros con interés simple, siempre que recaigan sobre graves irregularidades presuntamente ilícitas que acaezcan en el ámbito de tales personas jurídicas privadas.

La denuncia deberá ser acompañada del material probatorio pertinente y suficiente, como asimismo, deberá contener, so pena de desestimación, una clara y concreta petición o pretensión del denunciante.

Cuando lo peticionado o pretendido por el denunciante exceda la órbita de competencia y funciones de la Dirección, la misma será desestimada, sin perjuicio de su procedencia sustancial por ante la autoridad competente que corresponda. La resolución de todo conflicto de intereses entre socios o asociados o entre ellos y la sociedad, asociación o fundación, y/o sus respectivos funcionarios orgánicos, es absolutamente ajena a la competencia de la Dirección, correspondiendo la misma al juez competente en la materia. Sin perjuicio de ello, el Juez interviniente, en razón de la especialidad técnica de la Dirección, podrá pedir al Director dictamen técnico fundado no vinculante, sobre cualquier asunto estrictamente jurídico involucrado en el proceso judicial correspondiente. La sentencia firme y pasada en autoridad de cosa juzgada que se dicte sobre el particular, deberá ser debidamente notificada a la Dirección, en todos aquellos casos en que la misma tenga incidencia sobre cualquier asunto de su competencia, pero no podrá imponer actuaciones o dictado de resoluciones cuando la Dirección no haya sido parte o tercerista en el proceso judicial de que se trate.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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