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Ley orgánica de municipalidades Artículo 164 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley orgánica de municipalidades Mendoza
Artículo 164. PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACION DE ACEFALIA

Corresponde al Poder Ejecutivo la declaración de acefalía de uno o de los dos departamentos municipales, previa requisitoria de las autoridades que existiesen en ejercicio o de cualquier agrupación política o comunal, inscripta de conformidad a la ley electoral, debiendo practicar, en procedimiento breve y sumario, la comprobación de la imposibilidad de funcionamiento regular de los organismos municipales.

En caso de renuncia del intendente o concejales que no puedan ser consideradas por el concejo deliberante por falta de quorum, deberán ser elevadas al Poder Ejecutivo, el que podrá aceptarlas, llamando a los suplentes al ejercicio de los cargos y si éstos no existiesen, considerar las vacantes al resolver la acefalía.

 



Provincia de Mendoza Artículo 164 Ley orgánica de municipalidades
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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