Ley Orgánica de Ministerio Artículo 54 Provincia del Neuquén
Ley Orgánica de Ministerio Neuquén
Artículo 54.
Se incorporan al Anexo II de la Ley 2265 de Remuneraciones las categorías de asesor de Gobierno Nivel AG1, equivalente a la categoría FS1, y de consejero ante el Consejo Provincial de Obras Públicas Categoría COP, equivalente al 60% de los gastos de representación de la categoría de asesor de Gobierno Nivel AG1.
Provincia del Neuquén Artículo 54 Ley orgánica del Ministerio de la provincia del Neuquén. Se sustituye la Ley 3102
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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