Imprimir

Ley Orgánica de Ministerios Artículo 12 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Orgánica de Ministerios Corrientes
Artículo 12.

Son funciones del Ministerio de Producción, sin que ello implique limitar el área de su competencia:

a) en general, asistir al Gobernador en todo lo inherente a la política agraria, minería y la promoción del desarrollo económico sustentable. Asistir al Gobernador en todo lo referido a la planificación y coordinación de políticas ambientales que garanticen el desarrollo sustentable y la prevención de daños al ambiente, y elaboración y ejecución de la política provincial relativa al uso racional de los recursos naturales.

b) en particular, entender en:

1) la elaboración y ejecución de la política provincial agraria y forestal en el contexto de la política económica global, propendiendo a la expansión de la frontera agropecuaria y la modernización y tecnificación del sector primario;

2) la promoción del incremento de la productividad de los sectores primarios y agroindustrial, con el propósito de aumentar su potencial competitivo y mejorar su posicionamiento en los mercados regionales, nacionales e internacionales;

3) la promoción de la conformación de complejos agroindustriales con el objeto de constituir cadenas de producción que permitan la integración y articulación productiva de los diversos grupos sociales y económicos y la generación de mayor valor agregado en la economía, en coordinación con el Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio en lo que fuere pertinente;

4) la identificación, registro y canalización hacia los organismos públicos correspondientes de los órdenes nacional y provincial, de las demandas de infraestructura física básica y de servicios orientados al desarrollo del sector productivo;

5) el aseguramiento de las condiciones de sanidad y calidad de la producción vegetal y animal de la provincia a efectos de superar las restricciones fito y zoosanitarias de acceso a los mercados internos y externos;

6) la definición e implementación de la política provincial de colonización que posibilite la incorporación al desarrollo productivo de las tierras fiscales e islas de su jurisdicción;

7) la elaboración y fiscalización de la aplicación de las normas que regulan las actividades de caza y pesca comercial, conforme el criterio de conservación y preservación de las especies nativas;

8) la formulación de propuestas de políticas y acciones que permitan incrementar el área de bosques implantados y posibiliten su aprovechamiento integral;

9) el fomento, orientación y control del desarrollo de las actividades mineras, impulsando la inversión de emprendimientos productivos en la provincia de Corrientes;

10) la actualización permanente del Registro Provincial Minero;

11) la formulación de políticas ambientales teniendo en cuenta los aspectos políticos, ecológicos, sociales, culturales y económicos de la realidad local, promoviendo la participación social en las decisiones fundamentales relacionadas con el desarrollo sustentable;

12) el relevamiento, inventario, conservación, recuperación, defensa, desarrollo y uso racional de los recursos naturales;

13) la planificación y ejecución de acciones tendientes a la protección y conservación de la flora y de la fauna en sus aspectos legales, técnicos y operativos, en coordinación con las fuerzas de seguridad competentes;

14) la preservación y administración de los bosques, parques y reservas provinciales;

15) el registro, autorización, distribución y uso de productos biocidas y fertilizantes;

16) la formulación e implementación de la política de gobierno y administración de los recursos hídricos de jurisdicción provincial, como así también de los recursos edáficos, asegurando el justo y eficiente uso y goce, conservación y preservación de los mismos como elementos de vital importancia para un desarrollo productivo sustentable.

Provincia de Corrientes Artículo 12 Ley Orgánica de Ministerios
Artículo 1 ...10 11 12 13 14 ...30

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse