Ley orgánica de la administración de justicia Artículo 122 Provincia de Corrientes
Ley orgánica de la administración de justicia Corrientes
Artículo 122.
Transformase los Juzgados de Paz Letrados de la ley 2990 en Juzgado en lo Civil y Comercial, y en su caso laboral, de todas las circunscripciones judiciales y que tendrán las siguientes denominaciones.1. Primera circunscripción:
a) Juzgado de Paz Letrado Nº 1 se denominará Juzgado Civil y Comercial Nº 10.
b) Juzgado de Paz Letrado Nº 2 se denominará Juzgado Civil y Comercial Nº 11.
c) Juzgado de Paz Letrado Nº 3 se denominará Juzgado Civil y Comercial Nº 12.
d) Juzgado de Paz Letrado Nº 4 se denominará Juzgado Civil y Comercial Nº 13.
e) Juzgado en lo Civil y Comercial, Laboral y de Paz Letrado con asiento en la ciudad de Bella Vista, se denominará Juzgado Civil, Comercial y Laboral.
f) Juzgado de Paz Letrado con asiento en Saladas, se denominará Juzgado Civil y Comercial.
2. Segunda circunscripción:
a) Juzgado de Paz Letrado Nº 1 se denominará Juzgado Civil y comercial Nº 3.
b) Juzgado de Paz Letrado Nº 2 se denominará Juzgado Civil y Comercial Nº 4 c) Juzgado de Paz Letrado con asiento en la ciudad de Esquina se denominará Juzgado Civil y Comercial.
3. Tercera circunscripción:
a) Juzgado de Paz Letrado, con asiento en la ciudad de Curuzú Cuatiá se denominará Juzgado Civil y Comercial.
b) Juzgado Civil, Comercial, Laboral y Paz Letrado, con asiento en la Ciudad de Mercedes, se denominará Juzgado Civil, Comercial y Laboral 4. Cuarta circunscripción:
a) Juzgado de Paz Letrado, con asiento en la ciudad de Paso de los Libres, se denominará Juzgado Civil y Comercial.
b) Juzgado de Paz Letrado, con asiento en la ciudad de Monte Caseros se denominará Juzgado Civil y Comercial.
5. Quinta circunscripción:
a) Juzgado de Paz Letrado, con asiento en la ciudad de Santo Tomé se denominará Juzgado Civil y Comercial.
b) Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Paz Letrado con asiento en a ciudad de Ituzaingó, se denominará Juzgado Civil, Comercial y Lboral.
c) Juzgado de Paz Letrado con asiento en Gdor. Virasoro, se denominará Juzgado Civil y Comercial.
Provincia de Corrientes Artículo 122 Ley orgánica de la administración de justicia
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?
Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.
Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.
el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)
Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias
hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios