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Ley impositiva para el ejercicio fiscal 2026 Artículo 57 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Ley impositiva para el ejercicio fiscal 2026 Buenos Aires
Artículo 57.

Por los servicios que prestan las reparticiones dependientes de la Secretaría General, se pagarán las siguientes tasas:

BOLETÍN OFICIAL 1) Publicaciones (por día de publicación) a.1) Avisos particulares por orden judicial o administrativa: edictos, avisos de remate, subastas, convocatorias, memorias, licitaciones, títulos o encabezamientos, avisos societarios, transferencias de fondo de comercio, etc.

a.1.1. De 1 a 70 palabras:

Trámite Normal (72 hs. hábiles), UT: treinta y cuatro 34,00 Trámite Urgente (24. hs hábiles), UT: sesenta y ocho 68,00 a.1.2. De 71 a 150 palabras:

Trámite Normal (72 hs. hábiles), UT setenta y dos 72,00 Trámite Urgente (24. hs hábiles), UT: ciento cuarenta y cuatro 144,00 a.1.3. De 151 a 200 palabras:

Trámite Normal (72 hs. hábiles), UT noventa y siete 97,00 Trámite Urgente (24. hs hábiles), UT: ciento noventa y dos 192,00 a.1.4. Más de 200 palabras, se adiciona a la última tasa (pto a.1.3):

Trámite Normal (72 hs. hábiles), por cada palabra adicional, UT: cero con cincuenta 0,50 Trámite Urgente (24. hs hábiles), por cada palabra adicional, UT: uno 1,00 a.2) Anexos separados del cuerpo Normativo:

Trámite Normal (72 hs. hábiles), UT: treinta y tres 33,00 Trámite Urgente (24. hs hábiles), UT: sesenta y seis 66,00 b) Avisos sucesorios por orden judicial:

Trámite Normal (72 hs. hábiles), UT: catorce 14,00 Trámite Urgente (24. hs hábiles), UT: veintiocho 28,00 c) Publicaciones que soliciten, con arreglo a las normas vigentes: Bomberos Voluntarios; Consorcios Vecinales de Fomento; y Asociaciones Civiles de Primer Grado constituidas en la provincia de Buenos Aires, autorizadas a funcionar por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires y que estén constituidas como Clubes de Barrio, Centro de Jubilados, Centros Culturales, Sociedades de Fomento, Jardines Comunitarios u Organizaciones de Comunidades Migrantes, alcanzados por el artículo 1, inciso a), apartado 2), de la Ley N° 15.192, UT: cero 0,00 d) Sin perjuicio de lo regulado en otras disposiciones legales, por las publicaciones que soliciten, con arreglo a las normas vigentes y en tanto no se encuentren comprendidas en los incisos precedentes, las entidades culturales, deportivas, de bien público en general y las Municipalidades, se abonará mitad de la tasa.

e) Balances de entidades financieras comprendidas en la Ley Nacional Nº 21.526 (y sus modificatorias), confeccionados en base a la fórmula prescripta por el Banco Central de la República Argentina, Balances de empresas y demás publicaciones contables, publicados "In Extenso":

Trámite Normal (72 hs. hábiles), UT: mil ochocientos veinte 1.820,00 Trámite Urgente (24. hs hábiles), UT: tres mil seiscientos cuarenta 3640,00 f) Balances de otras entidades -y similares publicaciones contables- ordenadas legalmente y publicados en forma sintetizada:

Trámite Normal (72 hs. hábiles), UT: seiscientos veinte 620,00 Trámite Urgente (24. hs hábiles), UT: mil doscientos cuarenta 1240,00 g) Avisos de constitución de Sociedades por acciones simplificadas (S.A.S.) conforme a la Ley N° 27.349:

Trámite Normal (72 hs. hábiles), UT: ciento cuarenta y seis 146,00 Trámite Urgente (24. hs hábiles), UT: doscientos noventa 290,00 2) Expedición de testimonios e informes:

a) Por cada página de copia autenticada de testimonios de publicaciones efectuadas o de textos de leyes, decretos y/o resoluciones, UT: seis 6,00 b) Por búsqueda de informes, cuando no se indique el año que corresponda, se adicionará, por cada año de búsqueda, UT: ocho 8,00 c) Por testimonios de decretos, resoluciones o disposiciones relacionadas con la designación o cese de un o una agente, cuando los mismos sean con fines jubilatorios, la tarifa será de UT: cero 0,00



Provincia de Buenos Aires Artículo 57 Ley impositiva para el ejercicio fiscal 2026 LEY 15.558, 15 de Diciembre de 2025
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Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo


si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?


ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


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