Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024 Artículo 75 Provincia de Buenos Aires
Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024 Buenos Aires
Artículo 75.
Por los servicios que presten las reparticiones dependientes del Ministerio de Salud, se pagarán las siguientes tasas:
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN SANITARIA 1) Por la habilitación de establecimientos asistenciales con internación de más de cincuenta (50) camas, incluida la habilitación de servicios complementarios, cuando se soliciten en forma conjunta con la del establecimiento, once mil setecientos cincuenta pesos $11.750,00 2) Por la habilitación de establecimientos asistenciales hasta cincuenta (50) camas, incluida la habilitación de servicios complementarios, cuando se soliciten en forma conjunta con la del establecimiento, nueve mil setecientos noventa pesos.
$9.790,00 3) Por la habilitación de establecimientos asistenciales con internación, seis mil novecientos quince pesos. $6.915,00 4) Por la habilitación de establecimientos asistenciales sin internación (policlínicas, centros de rehabilitación, salas de primeros auxilios), cuatro mil ochocientos treinta pesos.
$4.830,00 5) Por la habilitación de establecimientos de albergue de adultos mayores hasta veinte (20) camas, dos mil quinientos sesenta y cinco pesos $2.565,00 6) Por la habilitación de establecimientos de albergue de adultos mayores con más de veinte (20) camas, cuatro mil ochocientos treinta pesos $4.830,00 7) Por la habilitación de laboratorios de análisis clínicos y centros de diálisis, cuatro mil ochocientos treinta pesos. $4.830,00 8) Por la habilitación de gabinete de enfermerías o laboratorios de prótesis dental, dos mil doscientos sesenta pesos. $2.260,00 9) Por reconocimiento de directores/as técnicos/as o médicos/as y cambios de titularidad, dos mil doscientos sesenta pesos $2.260,00 10) Por la habilitación de cada uno de los servicios complementarios en establecimientos asistenciales autorizados (unidades de terapia intensiva, laboratorios de análisis clínicos, de diálisis o similares), tres mil setecientos sesenta y cinco pesos $3.765,00 11) Por la habilitación de establecimientos de óptica o gabinete de lentes de contacto, cuatro mil ochocientos treinta pesos $4.830,00 12) Por la ampliación edilicia de establecimientos asistenciales con internación que signifique un incremento de hasta un cincuenta (50) por ciento de las camas habilitadas incluyendo aquellas reformas que no importen aumento de la capacidad de internación, siete mil noventa pesos $7.090,00 13) Por la ampliación edilicia de establecimientos asistenciales con internación que signifique un incremento de más del cincuenta (50) por ciento de la capacidad, nueve mil setecientos ochenta pesos $9.780,00 14) Por la inscripción en el Registro Provincial de establecimientos, dos mil quinientos sesenta y cinco pesos $2.565,00 15) Por la habilitación de establecimientos o servicios no contemplados en los incisos anteriores, tres mil setecientos noventa y cinco pesos $3.795,00
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024 Buenos Aires Artículo 95. Crean sistema de información para el fortalecimiento de la actividad comercial y de servicios Córdoba Artículo 11. Nuevos establecimientos Crea la Comisión Bicameral de Seguimiento y Control del Uso de Fondos Reservados Santa Fe Artículo 14. Comercialización de bienes de consumo a través del canal de venta directa por parte de revendedores independientes Santa Fe Artículo 8. Autoridad de aplicación Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024 Buenos Aires Artículo 29.Publique la información de sí mismo
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