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Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2020. Aprueba Consenso Fiscal Año 2019 Artículo 82 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2020. Aprueba Consenso Fiscal Año 2019 Buenos Aires
Artículo 82.

Sustitúyese el artículo 68 bis de la Ley N° 10.149 y modificatorias, por el siguiente:.

"ARTÍCULO 68 bis. Establecerlas siguientes Tasas Retributivas de Servicios Administrativos:.

1. Rúbrica de Libro Especial de Sueldos y Jornales y/o libro copiativo (artículo 52 de la Ley Nacional N° 20.744), por folio útil, diez pesos $10,00.

2. Autorización del Sistema de Hojas Móviles o similar, cien pesos $100,00.

3. Rúbrica de Hojas Móviles o similar. Rúbrica de microfichas COM (computer output to microfiche), por folio útil, diez pesos $ 10,00.

4. Rúbrica del Libro de Contaminantes, porfolio útil, diez pesos $ 10,00.

5. Rúbrica del Libro de Accidentes de Trabajo, porfolio útil, diez pesos $ 10,00.

6. Rúbrica del Registro Único de Personal (artículos 84 y 85 de la Ley Nacional N° 24.467), porfolio útil, diez pesos $ 10,00.

7. Rúbrica del Libro de Viajantes de Comercio (Ley Nacional N° 14.546), por folio útil, diez pesos $ 10,00.

8. Rúbrica del Libro de Trabajadores a Domicilio (Ley Nacional N° 12.713), por folio útil, diez pesos $ 10,00.

9. Certificación Ley Provincial N° 10.490, doscientos pesos $ 200,00.

10. Certificación acerca de antecedentes de conflictos laborales, cien pesos $ 100,00.

11. Exámenes preocupacionales, postocupacionales y periódicos (Ley Nacional N° 24.557 y artículo 188 de la Ley Nacional N° 20.744), cien pesos $ 100,00.

12. Autorización de Centralización de la Documentación laboral, cien pesos $ 100,00.

13. Rúbrica de hojas de ruta de choferes de camiones -kilometraje- (CCT 40/89), porfolio útil, siete pesos $7,00.

14. Otorgamiento de libreta de choferes de autotransporte Automotor (Decreto PEN N° 1038/97 y Resolución MTSS N° 17/98) por cada libreta, treinta y ocho Pesos $38,00.

15. Solicitudes de informes por escrito, Oficios judiciales, o similares, cincuenta y seis pesos $56,00.

16. Procedimiento arbitral (artículos 15 y 55 de la Ley N° 10.149), seiscientos cincuenta pesos $650,00.

17. Libro especial para trabajadores rurales permanentes (artículo 122 Ley N° 22.248), por folio útil, diez pesos $10,00.

18. Planilla horaria prevista en la Ley N° 11.544, en virtud del artículo 11 del Convenio OIT N° 30/1930 aprobado por el artículo 1° de la Ley N° 13.560, por folio útil, diez pesos $10,00.

19. Planilla de horarios para el personal femenino (artículo 174 de la LCT), por folio útil, diez pesos $10,00.

20 Libro especial estatuto de peluqueros (artículo 6° Ley N° 23.947), por folio útil, diez pesos $10,00.

21. Libro de Ordenes del Estatuto de encargados de casa de renta propiedad horizontal (artículo 25 Ley N° 12.981), por folio útil, diez pesos $10,00.

22. Libro "Registro de Personal y Horas Suplementarias" (artículos 7° y 15 Decreto N° 1088/45 Actividad Bancaria), por folio útil, diez pesos $10,00.

23. Libreta de Trabajo Estatuto de encargados de casa de renta y propiedad horizontal (artículo 14 y 15 Ley N° 12.981), por cada libreta, treinta y ocho pesos $38,00.

24. Autorización de Trabajo infantil Artístico (Resolución MT N° 44/08), por cada solicitud de autorización de niño/a, mil cuatrocientos pesos $1.400,00.

25. Servicio de Junta Médica por discrepancias (artículo 3° inc. h) Ley N° 10.149), seiscientos cincuenta pesos $650,00.

26. Conciliaciones laborales individuales y/o plurindividuales: por acuerdo registrado y/u homologado espontáneo, por trabajador involucrado, cuatrocientos setenta y ocho pesos $478,00.

27. Rúbrica en otra Delegación Regional distinta a la correspondiente por el domicilio legal o fiscal (Art. 6° Resolución MT N° 261/10), cien pesos $100,00.

28. Certificado del registro de Empresas de Limpieza, ciento noventa pesos $190,00.

29. Reproducciones de texto contenidos en documentos públicos, solicitados por terceros con interés legítimo, por foja, dos pesos $2,00.

30. Certificación de copias, por foja, dos pesos $2,00.

31. Rúbrica de hojas móviles de trabajadores a domicilio, por folio útil, diez pesos $10,00.

32. Rúbricas de Hojas Móviles de Trabajadores Rurales permanentes, diez pesos $ 10,00.

33. Rúbricas de Hojas de Viajantes de Comercio, diez pesos $ 10,00.

34. Rúbrica de Hojas Móviles empleador de choferes de autotransporte automotor (Art.5° Res. 17/98 del Ministerio de Trabajo), diez pesos $ 10,00.

35. Libro sueldo digital artículo 52 Ley Nacional N° 20.744 o equiparado (Resolución MTEySS N° 941/14-Resolución Gral. AFIP N° 3669/14) excluye otro tipo de rúbrica, porcada trabajador declarado, siete pesos $ 7,00.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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