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Ley Impositiva Ejercicio 2019 Artículo 18 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Impositiva Ejercicio 2019 Mendoza
Artículo 18.

Están exentas del cumplimiento de los requisitos del Artículo 185 inciso x), por el Ejercicio 2019, por las actividades que se enumeran a continuación, los contribuyentes inscriptos en el RUT (Registró Único de la Tierra) que tengan producción en inmuebles de hasta veinte (20) ha siempre y cuando industrialicen la misma por sí o por terceros. La Administración Tributaria Mendoza reglamentará la forma y condiciones que deben cumplir los interesados a los fines de acceder al beneficio.

Código actividad Descripción 12110 Cultivo de vid para vinificar 12121 Cultivo de uva de mesa 12311 Cultivo de manzana y pera 12320 Cultivo de frutas de carozo 12319 Cultivo de frutas de pepita n.c.p.

12490 Cultivo de frutas n.c.p.

12609 Cultivo de frutos oleaginosos excepto jatropha.

12420 Cultivo de papa, batata y mandioca.

12800 Cultivo de especias y de plantas aromáticas y Medicinales.

11310 Cultivo de frutas secas 11329 Cultivo de bulbos, brotes, raíces y hortalizas de fruto n.c.p.

11321 Cultivo de tomate 11331 Cultivo de hortalizas de hoja y de otras hortalizas frescas 11341 Cultivo de legumbres frescas 11342 Cultivo de legumbres secas



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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