Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 Artículo 55 Provincia de San Luis
Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 San Luis
Artículo 55.
Eximir del pago de la tasa de justicia: a) Los pedidos de venias judiciales para la venta de bienes, realizados por los tutores o curadores de personas con capacidades diferentes y en los que sea obligatoria la intervención del defensor oficial.b) Las acciones de cambio de nombre y las acciones que se tramiten para tutelar el derecho a la identidad de las personas y las que tengan por objeto medidas o inscripciones en el Registro Civil. c) Las acciones interpuestas para obtención de resarcimiento de las víctimas de terrorismo de estado.
d) Las acciones tendientes al logro de establecimientos de apoyo y nombramiento de curadores para las personas con capacidades diferentes.-
Provincia de San Luis Artículo 55 Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021
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Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
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