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Ley Impositiva Año 2020 Artículo 99 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva Año 2020 Córdoba
Artículo 99. Dirección de Mediació

Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Dirección de Mediación, se pagarán las siguientes tasas:

Concepto Importe

1.- Matriculación, renovación y rehabilitación de matrícula de
mediadores: ..........................................$ 580,00

2.- Habilitación de centros privados de mediación:....$ 780,00

3.- Homologación de cursos de formación básica y de capacitación continua: ........................................... $ 400,00

4.- Arancel por cursos de capacitación y formación organizados por
la Dirección, por hora:.............................. $ 130,00

5.- Protocolización de actas de cierre en instancia de mediación
prejudicial obligatoria tramitada por ante mediador privado o centro público de mediación que no sea el Centro Judicial de Mediación:

Cincuenta por Ciento (50%) del valor que corresponde abonar en concepto de Tasa de Justicia atendiendo a la naturaleza, tipo y cuantía del reclamo realizado en el proceso de mediación.



Provincia de Córdoba Artículo 99 Ley Impositiva Año 2020
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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