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Ley Impositiva Año 2020 Artículo 78 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva Año 2020 Córdoba
Artículo 78. MINISTERIO DE FINANZAS Dirección General de Catastro

Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Dirección General de Catastro, se pagarán las siguientes tasas:

Concepto Importe

1.- Expedición masiva de información catastral en soporte digital:

1.1.- Cuando la solicitud de registros gráficos y/o alfanuméricos y cobertura de pueblos en soporte digital supere las Quinientas (500) parcelas o subparcelas, por cada una de ellas:..................................................... $ 3,00

2.- Reproducciones:

2.1.- Copia de plano autenticada, fotograma o cualquier documento cartográfico archivado en la repartición, por cada uno en formato papel:.....................................................$ 230,00

Por todos los servicios a cargo de la Dirección General de Catastro dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas, que impliquen la formación de expedientes en formato papel y/o digital, la tasa retributiva del punto 2.1.- del artículo 68 de la presente Ley será sin cargo.

Provincia de Córdoba Artículo 78 Ley Impositiva Año 2020
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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