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Ley Impositiva Año 2020 Artículo 37 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva Año 2020 Córdoba
Artículo 37. Servicios de radiodifusión y televisión por suscripció

Inclúyese dentro del Código de Actividad 602200 "Operadores de Televisión por Suscripción", 602310 "Emisión de Señales de Televisión por Suscripción" y 631201 "Portales Web por Suscripción" del Anexo I de la presente Ley y a la alícuota especial del Tres por Ciento (3,00%), a los ingresos derivados de la comercialización de servicios de suscripción online para el acceso a toda clase de entretenimientos audiovisuales (películas, series, música, juegos, videos, transmisiones televisivas online o similares) que se transmitan desde internet a televisión, computadoras, dispositivos móviles, consolas conectadas y/o plataformas tecnológicas por sujetos domiciliados, radicados o constituidos en el exterior, se verifique la utilización o consumo de tales actividades por sujetos radicados, domiciliados o ubicados en territorio provincial.

Provincia de Córdoba Artículo 37 Ley Impositiva Año 2020
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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