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Ley Impositiva Año 2020 Artículo 136 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva Año 2020 Córdoba
Artículo 136.

El Poder Ejecutivo Provincial puede:

a) Adecuar exenciones, mínimos, impuestos fijos, disposiciones, escalas y alícuotas respecto de los Impuestos de Sellos, Inmobiliario, a la Propiedad Automotor, sobre los Ingresos Brutos, a las Embarcaciones y demás tributos legislados en el Código Tributario Provincial y leyes especiales, de conformidad a los programas de reestructuración y armonización tributaria que se consideren oportunos. Asimismo, puede establecer o efectuar adecuaciones referidas a las disposiciones generales del Código Tributario Provincial;

b) Crear regímenes de incentivos fiscales que fomenten, en forma prioritaria, la creación de puestos de trabajo, la realización de inversiones productivas en la Provincia y el mantenimiento o reducción de precios de los servicios públicos;

c) Disponer reducción y/o adecuación de alícuotas respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las actividades de suministro de energía eléctrica y gas cuando se produzcan aumentos y/o actualizaciones en las tarifas y/o precio del suministro de los mismos, a los fines de reducir la incidencia del costo impositivo que el desarrollo de tales actividades económicas produce en los ciudadanos de la Provincia de Córdoba, y d) Establecer requisitos y/o condiciones y/o parámetros adicionales a las previstas en el artículo 135 de la presente Ley, a los fines de gozar de la reducción del Treinta por Ciento (30%) y asimismo las circunstancias y/o condiciones para modificar y/o eliminar el beneficio del límite de incremento de la obligación previsto en los artículos 142, 143 y 144 de esta Ley, en ambos casos, respecto de la/s cuota/s de los tributos contemplados en los citados artículos -anualidad 2020-, no cancelados En todos los supuestos es necesaria la posterior ratificación por parte de la Legislatura Provincial.

Provincia de Córdoba Artículo 136 Ley Impositiva Año 2020
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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