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Ley electoral Artículo 53 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley electoral Misiones
Artículo 53.

El Tribunal Electoral tiene a su cargo la organización del acto de comicios internos partidarios con independencia de las facultades que le competen a los órganos electorales partidarios, con los que deber arbitrar los actos necesarios para su normal desarrollo. A tales fines, el Tribunal Electoral tendr las siguientes facultades:

a) aprobar los lugares de votación para los afiliados a los partidos e independientes, en su defecto fijar dichos lugares de votación;

b) proveer en caso de serle requerido, los elementos necesarios para cada mesa habilitada, con excepción de las boletas que correspondan a cada partido, confederación, frente o alianza interna que participe;

c) facultar a los partidos a autorizar a los fiscales de cada una de las líneas que participe en el acto eleccionario;

d) efectuar en caso de solicit rsele, el escrutinio definitivo del acto eleccionario a los fines de adjudicar los cargos de acuerdo a lo determinado por cada partido, confederación, frente o alianza, remitiéndole los resultados.

Provincia de Misiones Artículo 53 Ley electoral
Artículo 1 ...51 52 53 54 55 ...189

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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