Ley del Ministerio Público Fiscal Artículo 43 Provincia de Río Negro
Ley del Ministerio Público Fiscal Río Negro
Artículo 43.
Son órganos auxiliares del Ministerio Público Fiscal, los siguientes:
a) La Oficina de Atención a la Víctima del Delito.
b) La Oficina de Asistencia Técnica.
c) La Agencia de Investigaciones Penales.
Sin perjuicio de las aquí mencionadas, el Procurador General podrá crear otras Unidades que considere pertinentes para el mejor funcionamiento del organismo.
Sus estructuras serán reglamentadas por el Procurador General y su funcionamiento será supervisado por el Fiscal General.
1. La Oficina de Atención a la Víctima del Delito (OF.A.VI.): En cada Circunscripción se organiza, bajo el ámbito del Ministerio Público Fiscal, la Oficina de Atención a la Víctima del Delito, en las ciudades cabeceras y subdelegaciones en las Fiscalías Descentralizadas que procurará la necesaria, adecuada y constante asistencia, representación e información a la víctima.
2. Oficina de Asistencia Técnica: En cada Circunscripción se organiza una Oficina de Asistencia Técnica que proporciona apoyo técnico y científico a los Ministerios Públicos Fiscales, comprendiendo las siguientes áreas, como mínimo:
a) El Área de Informática.
b) El Área de Consultores Técnicos: será cubierta por calígrafos, médicos, contadores y demás profesionales especializados, debidamente inscriptos ante el Superior Tribunal de Justicia, que darán apoyo al Ministerio Público cuando les sea requerido por éste.
3. Agencia de Investigaciones Penales: La Agencia de Investigaciones Penales es el órgano auxiliar dependiente del Ministerio Público Fiscal encargado de prestar asistencia técnica y científica para el desarrollo de las investigaciones, como para la búsqueda, recopilación, análisis, estudio de las pruebas u otros medios de convicción que contribuyan al esclarecimiento del caso investigado.
Hasta tanto se implemente la Agencia de Investigaciones Penales funcionará como órgano auxiliar la Oficina de Coordinación de la Policía de Investigación de la Provincia de Río Negro.
Provincia de Río Negro Artículo 43 Ley del Ministerio Público Fiscal LEY K 4.199, 5 de Julio de 2007
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios