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Ley del Ministerio Público Fiscal Artículo 21 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley del Ministerio Público Fiscal Río Negro
Artículo 21. Del Defensor General

El Defensor General tendrá a su cargo:

a) Cumplir personalmente y velar por el cumplimiento de las misiones y funciones del Ministerio Público de la Defensa.

b) Impartir instrucciones generales que permitan un mejor desenvolvimiento del servicio, en pos de optimizar los resultados de la gestión. Dichas instrucciones guardarán consonancia con las directivas emanadas de la Procuración General. Siempre serán públicas y no se referirán al trámite de causas en particular.

c) Dirigir la política general del Ministerio tendiente a resguardar el debido proceso y la defensa en juicio de las personas y sus derechos.

d) Sostener o desistir mediante dictamen fundado los recursos que interpongan los Defensores ante el Superior Tribunal de Justicia y los que correspondan ante los Tribunales Nacionales e Internacionales, cuando el caso lo amerita.

e) Conceder al personal de su dependencia directa y a los defensores licencias ordinarias.

f) Promover las actividades de capacitación.

g) Representar al Ministerio y articular acciones con los Centros Judiciales de Mediación.

h) Representar al Ministerio en los convenios de colaboración que celebre.

i) Organizar un adecuado sistema de control de gestión permanente.

j) Elaborar un informe anual de gestión del Ministerio Público de la Defensa.

k) Ejercer las facultades de Superintendencia delegadas por la Procuración General.

l) Dar cuenta al Procurador General de las irregularidades que advierta en el funcionamiento del Ministerio como de las necesidades que le sean transmitidas por los Defensores.



Provincia de Río Negro Artículo 21 Ley del Ministerio Público Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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