Ley de servicios de comunicacion audiovisual Artículo 118 Argentina
Ley de servicios de comunicacion audiovisual
Artículo 118. Inhabilitació
Quienes resulten responsables de la conducta tipificada en el artículo 116 serán inhabilitados por el término de cinco (5) años contados a partir de la declaración de ilegalidad, para ser titulares, socios o integrar los órganos de conducción social de un licenciatario de servicios contemplados en la presente ley.
Argentina Artículo 118 Ley de servicios de comunicacion audiovisual LEY 26.522, 10 de Octubre de 2009
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Leer de nuevo
Código Contencioso Administrativo Buenos Aires Artículo 71. Opción por el proceso sumario Código Procesal Civil y Comercial Catamarca Artículo 610. Procedencia Ley Orgánica del Poder Judicial Santa Fe Artículo 150. Requisitos Programa Provincial de Prevención del Ciber Acoso Chubut Artículo 12. Ley Orgánica del Poder Judicial Santa Fe Artículo 103. Facultades especialesRecomendados
Ley de servicios de comunicacion audiovisual Nacional Artículo 77. Derecho de acceso Ley de servicios de comunicacion audiovisual Nacional Artículo 100. Código Fiscal Salta Artículo 299. Ley de servicios de comunicacion audiovisual Nacional Artículo 125. Duración del cargo Ley de servicios de comunicacion audiovisual Nacional Artículo 58. Registro Público de Señales y ProductorasPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios