Imprimir

Ley de Presupuesto de gastos y recursos para 2024 Artículo 48 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley de Presupuesto de gastos y recursos para 2024 Mendoza
Artículo 48. Programa de Financiamiento para Municipios

Autorizase al Poder Ejecutivo a destinar hasta PESOS QUINCE MIL MILLONES ($ 15.000.000.000) para financiar proyectos de Inversión Pública ejecutados por Municipios que sean de carácter productivo y promuevan el desarrollo económico local y/o tengan como objetivo mejorar el desarrollo de la primera infancia en situación de vulnerabilidad. El financiamiento también podrá destinarse a gastos de pre-inversión destinados a formular los mencionados proyectos.

El Poder Ejecutivo reglamentará la instrumentación del Programa a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, quedando la presente operatoria exceptuada de las autorizaciones previas que establece la Ley provincial Nº 7314 y Ley Nacional Nº 25917 y sus modificatorias.

El monto autorizado para el Programa de Financiamiento para Municipios podrá incrementarse durante el ejercicio sujeto a la obtención de mayor recaudación o cualquier otro ingreso de fondos proveniente de financiamientos autorizados. La reglamentación establecerá el modo de instrumentación de la presente operatoria. Durante el ejercicio 2024 el Poder Ejecutivo podrá renegociar convenios suscriptos en el marco del programa creado por el Decreto 621/2023.



Provincia de Mendoza Artículo 48 Ley de Presupuesto de gastos y recursos para 2024
Artículo 1 ...46 47 48 49 50 ...74

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse