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Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 Artículo 153


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019
Artículo 153. EMPRESAS DE CONSTRUCCIÓN

En el caso de establecimientos permanentes definidos en el artículo 125 que realicen las operaciones contempladas en el artículo 77, a los efectos de la declaración del resultado bruto se aplicarán las disposiciones contenidas en el último artículo citado, con excepción de las incluidas en el tercer párrafo del inciso a) de su primer párrafo y en su tercer párrafo. Cuando las referidas operaciones sean realizadas en el exterior por empresas constructoras residentes en el país, sin que su realización configure la constitución de un establecimiento permanente comprendido en la definición indicada en el párrafo precedente, el resultado bruto se declarará en la forma establecida en el cuarto párrafo del citado artículo 77.

Artículo 153 Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019
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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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