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Ley de implementación del Sistema Procesal Acusatorio y de aplicación del nuevo Código Procesal Pena Artículo 37 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de implementación del Sistema Procesal Acusatorio y de aplicación del nuevo Código Procesal Penal Jujuy
Artículo 37.

Modifícase el Artículo 471 de la Ley N° 6259 Código Procesal Penal el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 471.- PROCEDENCIA. Procede el recurso de inconstitucionalidad por las siguientes causales:

a. cuando en un juicio se hubiere cuestionado la validez constitucional de una ley, decreto, ordenanza, reglamento o resolución;

b. cuando en un juicio se hubiese puesto en cuestión la inteligencia de una cláusula constitucional y la resolución fuere contraria a la validez del título, garantía o excepción que hubiere sido materia del caso y se fundare en esa cláusula;

c. cuando la sentencia fuere arbitraria o afectare gravemente las instituciones básicas del Estado.

Se interpondrá contra de las sentencias definitivas, los autos que pongan fin al proceso y que hagan imposible su continuación o aquellos autos que causen un gravamen irreparable que no pueda ser subsanados con la sentencia definitiva y dictadas por los tribunales de última instancia, con excepción del Superior Tribunal de Justicia."

Provincia de Jujuy Artículo 37 Ley de implementación del Sistema Procesal Acusatorio y de aplicación del nuevo Código Procesal Penal, modificación de la Ley Orgánica del fuero Penal
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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