Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal (Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia) Nacional
Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal Nacional
- Artículo 1. Los honorarios de los abogados y procuradores que por su actividad judicial,...
- Artículo 2. Los profesionales que actuaren en calidad de abogados para su cliente y hayan...
- Artículo 3. La actividad profesional de los abogados y procuradores y de los auxiliares...
- Artículo 4. Los abogados y procuradores podrán pactar con sus clientes, en todo tipo de...
- Artículo 5. La renuncia anticipada de honorarios y el pacto o convenio que tienda a...
- Artículo 6. Los abogados y procuradores podrán celebrar con sus clientes pacto de...
- Artículo 7. El recibo de honorarios con imputación precisa del asunto, de fecha anterior...
- Artículo 8. La institución que en la jurisdicción respectiva tenga a su cargo el gobierno...
- Artículo 9. En caso de que se demanden honorarios convenidos provenientes de la labor...
- Artículo 10. Los honorarios son la retribución del trabajo profesional del abogado o...
- Artículo 11. La obligación de pagar honorarios por trabajo profesional, en principio pesa...
- Artículo 12. Si un profesional se aparta de un proceso o gestión antes de su conclusión...
- Artículo 13. El abogado o procurador en causa propia podrá cobrar sus honorarios y gastos...
- Artículo 14. En caso de que en el juicio intervenga más de un abogado o procurador por una...
- Artículo 15. La regulación judicial de honorarios profesionales deberá fundarse y...
- Artículo 16. Para regular los honorarios de los profesionales intervinientes se tendrá en...
- Artículo 17. En los casos de cambio de patrocinio o representación, el profesional podrá...
- Artículo 18. Los que sin ser condenados en costas abonaren honorarios profesionales, serán...
- Artículo 19. Institúyese la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) para los honorarios...
- Artículo 20. Los honorarios de los procuradores se fijarán en un cuarenta por ciento (40%)...
- Artículo 21. En los procesos susceptibles de apreciación pecuniaria los honorarios por la...
- Artículo 22. En los juicios por cobro de sumas de dinero, a los fines de la regulación de...
- Artículo 23. El monto de los procesos en caso de que existan bienes susceptibles de...
- Artículo 24. A los efectos de la regulación de honorarios, se tendrán en cuenta los...
- Artículo 25. En caso de allanamiento, desistimiento y transacción, antes de decretarse la...
- Artículo 26. Los honorarios del profesional de la parte vencida en el juicio, se fijarán...
- Artículo 27. Si en la transacción o conciliación se conviniera la entrega en especie de...
- Artículo 28. Si en el pleito se hubieran acumulado acciones o deducido reconvención, se...
- Artículo 29. Para la regulación de honorarios, los procesos, según su naturaleza, se...
- Artículo 30. Por las actuaciones correspondientes a la segunda o ulterior instancia, se...
- Artículo 31. La interposición ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación de los...
- Artículo 32. Para la regulación de los honorarios del administrador judicial o interventor...
- Artículo 33. En las causas penales, a los efectos de las regulaciones, deberá tenerse en...
- Artículo 34. En los juicios ejecutivos y ejecuciones especiales, por lo actuado desde su...
- Artículo 35. En el proceso sucesorio, si un (1) solo abogado patrocina o representa a...
- Artículo 36. En las causas de seguridad social los honorarios se regularán sobre el monto...
- Artículo 37. En las medidas cautelares, ya sea que éstas tramiten autónomamente, en forma...
- Artículo 38. Tratándose de acciones posesorias, interdictos o de división de bienes...
- Artículo 39. En los juicios de alimentos la base del cálculo de los honorarios será el...
- Artículo 40. En los procesos de desalojo se fijarán los honorarios de acuerdo con la...
- Artículo 41. En el procedimiento de ejecución de sentencias recaídas en procesos de...
- Artículo 42. En el caso del gestor del artículo 48 del Código Procesal Civil y Comercial...
- Artículo 43. En las causas laborales y complementarias tramitadas ante los tribunales de...
- Artículo 44. La interposición de acciones y peticiones de naturaleza administrativa...
- Artículo 45. En la liquidación y disolución del régimen patrimonial del matrimonio se...
- Artículo 46. En los juicios de escrituración y, en general, en los procesos derivados del...
- Artículo 47. NOTA DE REDACCION (ARTICULO VETADO POR DECRETO 1077/2017)
- Artículo 48. Por la interposición de acciones de inconstitucionalidad, de amparo, de...
- Artículo 49. En las acciones sobre derechos de incidencia colectiva con contenido...
- Artículo 50. Los honorarios por diligenciamiento de exhortos u oficios contemplados en la...
- Artículo 51. La regulación de honorarios deberá contener, bajo pena de nulidad, el monto...
- Artículo 52. Aun sin petición del interesado, al dictarse sentencia se regularán los...
- Artículo 53. Los profesionales, al momento de solicitar la regulación de sus honorarios,...
- Artículo 54. Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los diez...
- Artículo 55. Para la determinación judicial de honorarios por trabajos extrajudiciales, si...
- Artículo 56. Las resoluciones que regulen honorarios deberán ser notificadas a sus...
- Artículo 57. Si el condenado en costas no abonare los honorarios profesionales en tiempo y...
- Artículo 58. El mínimo establecido para regular honorarios de juicios susceptibles de...
- Artículo 59. Serán considerados auxiliares de la Justicia en los términos de esta ley a...
- Artículo 60. En los procesos no susceptibles de apreciación pecuniaria, los honorarios de...
- Artículo 61. En los procesos susceptibles de apreciación pecuniaria, por las actuaciones...
- Artículo 62. A los efectos de la presente ley, ninguna persona, humana o jurídica, podrá...
- Artículo 63. NOTA DE REDACCION (ARTICULO VETADO POR DECRETO 1077/2017)
- Artículo 64. NOTA DE REDACCION (ARTICULO VETADO POR DECRETO 1077/2017)
- Artículo 65. Deróganse la ley 21.839 y su modificatoria, y toda otra norma que se oponga a...
- Artículo 66. Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a...
- Artículo 67. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Día Nacional de la Responsabilidad Social Unidad de Información Financiera Sistema de Ahorro para el Fomento de la Inversioón en Vivienda CASA DE AHORRO Creación en el ambito del poder legislativo la procuración penitenciaria Declaración de interés nacional de la atención médicaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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