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Ley de Gestión Integral para la Adaptación y Mitigación del Cambio Climático Artículo 23 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley de Gestión Integral para la Adaptación y Mitigación del Cambio Climático Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 23.

Medidas. El Gabinete Provincial de Cambio Climático, a través del Plan Provincial de Respuesta al Cambio Climático, establecerá? medidas y acciones para las evaluaciones de impactos, vulnerabilidad y adaptación, a fin de fortalecer la capacidad de los sistemas humanos y naturales para afrontar los impactos del cambio climático, especialmente:

a) colaborar en el desarrollo modelos que permitan obtener proyecciones apropiadas de las variables atmosféricas e hidrológicas necesarias para el manejo de riesgos ambientales, incremento de la peligrosidad y frecuencia de incendios forestales, inundaciones y otros tipos de eventos climáticos extremos, en combinación con las áreas competentes respectivas;

b) promover la implementación de medidas de prevención para proteger la salud humana frente a los impactos del cambio climático en coordinación con la Autoridad de Salud con competencias en la materia;

c) colaborar en la implementación de medidas dirigidas a proteger el patrimonio hídrico con un enfoque integral para asegurar la disponibilidad, uso sostenible y calidad del recurso hídrico para los diversos usos humanos y naturales frente a los impactos del cambio climático;

d) colaborar con la gestión integral de riesgos frente a los fenómenos climáticos extremos atribuidos al cambio climático, en combinación con las autoridades competentes a nivel provincial en la materia, cooperando en la implementación de medidas destinadas a mejorar la capacidad de vigilancia, prevención, alerta temprana y respuesta de los asentamientos humanos en especial aquellas ciudades en las que existe riesgo de incendios forestales de interfaces en sus bosques nativos comunales;

e) participar en la evaluación de los impactos sobre la matriz y demanda energética como consecuencia del cambio climático y colaborar en la planificación hacia una transición energética justa para todo el sistema de generación eléctrica de la Provincia a mediano y largo plazo;

f) colaborar en el proceso de elaboración de medidas el registro cartográfico de las zonas más vulnerables a la desertificación debido a los factores climáticos en los futuros escenarios y su vinculación con los sistemas de producción extensiva;

g) participar en la elaboración sistemas de alerta temprana, vigilancia y respuesta, para zonas vulnerables a los impactos y riesgos de incendios forestales debido a los factores climáticos en los futuros escenarios en coordinación con la Autoridad de Manejo del Fuego;

h) colaborar en el Programa de Manejo Costero destinado a proteger áreas y poblaciones ubicadas en las áreas más vulnerables de nuestra provincia que sufren los impactos del aumento del nivel del mar y como consecuencia de esto, la pérdida de áreas de frentes costeros;

i) colaborar en el proceso de ordenamiento ambiental territorial, promoviendo el uso del suelo de manera ambientalmente sostenible y tenga en cuenta los diferentes ambientes y escenarios vinculados a los efectos e impactos del cambio climático en el territorio provincial;

j) colaborar en el proceso de adopción de medidas que promuevan la soberanía alimentaria frente a los impactos del cambio climático;

k) colaborar en el proceso de adopción de las medidas dirigidas a evaluar las alteraciones sufridas por los sistemas glaciares y peri glaciares, desarrollando mecanismos destinados a su protección y a la aplicación de sistemas de respuesta, vigilancia y alerta temprana de eventos extremos vinculados a estos sistemas naturales, en especial aquellos sistemas glaciares y peri glaciares que tengan vinculación directa e indirecta con los sistemas de captación, conducción y suministro de agua potable de las ciudades y asentamientos humanos de la Provincia;

l) colaborar del proceso de planificación del ordenamiento y conservación de los bosques nativos; y m) colaborar en el proceso de ordenamiento y zonificación de uso de Turberas de la Provincia.

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