Ley de empleo público Artículo 36 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ley de empleo público Ciudad de Buenos Aires
Artículo 36. Licencia especial para controles de prevención
Las trabajadoras y trabajadores comprendidos en la presente Ley tienen derecho a una licencia especial con goce de haberes para la realización de exámenes de prevención del cáncer, según los siguientes criterios:
a. Todas las mujeres, un día al año a fin de realizar el control ginecológico completo:
Papanicolaou, colposcopia y examen de mamas.
b. Los varones mayores de cuarenta y cinco (45) años, medio día al año a fin de realizar el control del Antígeno Prostático Específico (PSA).
Las constancias de haber realizado dichos exámenes deben ser presentadas por el personal beneficiario de licencia ante la Dirección de Recursos Humanos o similar del organismo correspondiente.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 36 Ley de empleo público LEY C - N° 471, 13 de Septiembre de 2000
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?
Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Leer de nuevo
Ley Impositiva, año Fiscal 2017 San Juan Artículo 85. Código Procesal Civil y Comercial Neuquén Artículo 579. Remate fracasado Código Procesal Civil y Comercial Córdoba Artículo 159. Falta de notificació Ley Orgánica del Poder Judicial Jujuy Artículo 176. FUNCIONES AUXILIARES Código Procesal Civil y Comercial Neuquén Artículo 468. ReemplazoRecomendados
Ley de empleo público Ciudad de Buenos Aires Artículo 13. Compatibilidad de cargos Ley de empleo público Ciudad de Buenos Aires Artículo 28. Licencia por adaptación escolar de hijo Ley de empleo público Ciudad de Buenos Aires Artículo 47. Situaciones especiales de revista Ley de empleo público Ciudad de Buenos Aires Artículo 101. Integración Ley de empleo público Ciudad de Buenos Aires Artículo 76. Convenios para trabajadores de la CiudadPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios