Ley de empleo público (Ley de empleo público) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ley de empleo público Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- TÍTULO PRIMERO DE LA RELACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
CAPÍTULO I - PRINCIPIOS GENERALES - Artículo 1. Fuentes de Regulación
- Artículo 2. Principios
- Artículo 3. Negociación Colectiva
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Ámbito de aplicación
- Artículo 5. Personal comprendido en estatutos particulares
- CAPÍTULO III - DEL INGRESO
- Artículo 6. Principio general
- Artículo 7. Condiciones de admisibilidad
- Artículo 8. Nulidad de las designaciones
- CAPÍTULO IV - DERECHOS Y OBLIGACIONES
- Artículo 9. Derechos en general
- Artículo 10. Obligaciones
- Artículo 11. Prohibiciones
- Artículo 12. Incompatibilidad
- Artículo 13. Compatibilidad de cargos
- Artículo 14. Acumulación de cargos
- CAPÍTULO V - DEL RÉGIMEN REMUNERATORIO
- Artículo 15. Régimen remuneratorio
- CAPÍTULO VI - DEL RÉGIMEN DE LICENCIAS
- Artículo 16. Licencias
- Artículo 17. Antigüedad computable
- Artículo 18. Descanso anual remunerado
- Artículo 19. Licencia por afecciones comunes
- Artículo 20. Licencia por fertilización asistida
- Artículo 21. Licencia por enfermedad de familiar o menor del cual se ejerza su representación legal
- Artículo 22. Licencia especial para atención de familiar a cargo o menor del cual se ejerza su representación legal, con necesidades especiales
- Artículo 23. Licencia por enfermedad de largo tratamiento
- Artículo 24. LICENCIA POR EMBARAZO Y ALUMBRAMIENTO
- Artículo 24 bis. LICENCIA POR ALUMBRAMIENTO SIN GOCE DE HABERES
- Artículo 25. NACIMIENTO DE HIJO/A MUERTO/A O FALLECIDO/A EN EL PARTO O A POCO DE NACER
- Artículo 26. LICENCIA POR ADOPCIÓN
- Artículo 26 bis. LICENCIA SIN GOCE DE HABERES POR ADOPCIÓN
- Artículo 26 ter. LICENCIA POR TRÁMITES DE ADOPCIÓN
- Artículo 27. Pausa por alimentación y cuidado de hijo
- Artículo 28. LICENCIA POR ADAPTACIÓN ESCOLAR DE HIJO/A
- Artículo 28 bis. LICENCIA POR ACTO ESCOLAR DE HIJO/A
- Artículo 29. Licencia por exámenes
- Artículo 30. Licencias por nacimiento de hijo
- Artículo 31 bis. LICENCIA SIN GOCE DE HABERES POR NACIMIENTO DE HIJO/A
- Artículo 31. Licencia por matrimonio
- Artículo 32. LICENCIA POR FALLECIMIENTO
- Artículo 33. Licencia por cargos electivos
- Artículo 34. Licencia por donación de sangre
- Artículo 35. Licencia deportiva
- Artículo 36. Licencia especial para controles de prevención
- Artículo 36 bis. LICENCIA POR VIOLENCIA DE GÉNERO
- Artículo 36 ter. LICENCIA POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
- Artículo 36 quater. TRÁMITES PARTICULARES
- CAPÍTULO VII - DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA
- Artículo 37. Principios a los que se debe sujetar la carrera administrativa
- Artículo 38. Escalafón
- Artículo 39. Evaluación de desempeño anual
- Artículo 40. Régimen gerencial
- CAPÍTULO VIII - DE LA CAPACITACIÓN
- Artículo 41. Programas de capacitación
- CAPÍTULO IX - DE LA ESTABILIDAD
- Artículo 42. Principio general
- Artículo 43. Adquisición de la estabilidad
- CAPÍTULO X - DE LAS MODALIDADES DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
- Artículo 44. Jornada de trabajo
- Artículo 45. Trabajadores transitorios
- CAPÍTULO XI - DE LAS SITUACIONES DE REVISTA
- Artículo 46. Principio general
- Artículo 47. Situaciones especiales de revista
- Artículo 48. Ejercicio de un cargo superior
- Artículo 49. Comisión de servicio
- Artículo 50. Adscripción
- Artículo 51. Disponibilidad
- CAPÍTULO XII - DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO
- Artículo 52. Medidas disciplinarias
- Artículo 53. Apercibimiento y suspensión
- Artículo 54. Cesantía
- Artículo 55. Exoneración
- Artículo 56. Enumeración no taxativa
- Artículo 57. Procedimiento
- Artículo 58. Suspensión preventiva
- Artículo 59. Simultaneidad con proceso penal
- Artículo 60. Extinción de la acción
- Artículo 61. Recurso judicial
- CAPÍTULO XIII - DEL RÉGIMEN DE DISPONIBILIDAD
- Artículo 62. Objetivo
- Artículo 63. Trabajadores comprendidos
- Artículo 64. Trabajadores no reubicados
- CAPÍTULO XIV - DE LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO
- Artículo 65. De las causas de extinción
- Artículo 66. Renuncia
- Artículo 67. De la jubilación
- CAPÍTULO XV - DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 68. Instituto superior de la carrera administrativa
- Artículo 69. Personas con necesidades especiales
- Artículo 70. Ex combatientes de la guerra del Atlántico Sur
- Artículo 71. Censo
- Artículo 72. Estatutos particulares
- CAPÍTULO XVI - CLÁUSULAS TRANSITORIAS
- Artículo 73. Preservación de niveles salariales
- TITULO II DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Artículo 74. Objeto
- Artículo 75. Marco de la negociación colectiva
- Artículo 76. Convenios para trabajadores de la Ciudad
- Artículo 77. Representación de los trabajadores
- Artículo 78. Falta de acuerdo en la representación
- Artículo 79. Representación de la parte empleadora
- Artículo 80. Designación de asesores
- Artículo 81. Funcionarios excluidos
- Artículo 82. Niveles de negociación
- Artículo 83. Principio de buena fe
- Artículo 84. Materias de la negociación
- Artículo 85. Instrumentación
- Artículo 86. Vigencia
- Artículo 87. Obligatoriedad
- Artículo 88. Mecanismos de autorregulación
- Artículo 89. Iniciación
- Artículo 90. Solicitud extraordinaria
- Artículo 91. Notificación
- Artículo 92. Contestación
- Artículo 93. Primera audiencia
- Artículo 94. Integración
- Artículo 95. Pliego definitivo
- Artículo 96. Forma
- Artículo 97. Entrada en vigencia
- Artículo 98. Comisión paritaria de interpretación
- Artículo 99. Atribuciones
- Artículo 100. Comisión de Conciliación
- Artículo 101. Integración
- Artículo 102. Obligatoriedad de su intervención
- Artículo 103. Autoridad de Aplicación
Otras regulaciones
Incorporación de la Licencia por procedimientos o técnicas de fertilización asistida para empleados públicos Denominación a canteros en la Comuna 10º Contratos de participación público privada Creación del Mecanismo Local para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles Apruebase la traza de vinculación entre la Avenida 9 de Julio y la Autopista Presidente Doctor Arturo Umberto IlliaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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