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Ley de Defensa del Consumidor Artículo 23 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de Defensa del Consumidor Mendoza
Artículo 23. ACTA FINAL

Finalizado el acto, el conciliador redactará el acta final, en presencia de las partes si el sistema de video llamada así lo permitiere. Finalizada la misma, se remitirá al correo constituido por las partes, teniéndose por aprobada la misma y expresado el consentimiento de los intervinientes con la sola constancia de envío, en caso de redacción presencial. De no ser posible su redacción conjuntamente con las partes, el acta será confeccionada por el conciliador y remitida en un plazo máximo de 30 minutos después de terminada la audiencia al correo electrónico de los intervinientes. Si no se realizara y comunicara, vía correo electrónico, observación alguna a dicha acta en un plazo de 30 minutos después de recibida, la misma se tendrá por aprobada y prestado el consentimiento de las partes intervinientes.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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